POLÍTICA DE DIVERSIDAD CULTURAL

Comencemos por definir que es diversidad  cultural:
Diversidad cultural es la variedad de diferentes culturas dentro de un grupo de personas o una sociedad. Este tipo de diversidad se refleja, por ejemplo, en la existencia de diversos grupos étnicos en una determinada área o región
Esta diversidad cultural  se encuentra  presente en las situaciones en que  distintas expresiones culturales propias de herencias y tradiciones distintas pueden convivir armónicamente, cada una realizando un aporte  distinto.


La diversidad cultural es una característica inherente de la humanidad y un factor clave para su desarrollo. De esta manera se puede decir que sus expresiones culturales entre los pueblos y comunidades que forman la nación, garantizan la exclusión social, desigualdad y generando de esta manera la igualdad  a las oportunidades sociales.

La UNESCO plantea la diversidad como una característica esencial de la humanidad, y el principal motor del desarrollo sostenible de las comunidades, pueblos y naciones Cito: (Ministerio de Cultura de Colombia. Política de Diversidad cultural).

A partir de la sentencia T- 025 del 2004 y sus asuntos de seguimientos, la Corte Constitucional ha venido presentando diferentes pronunciamientos frente a la necesidad del diseño y aplicación de las políticas públicas con enfoque diferencial, que permitan el reconocimiento de  la atención de particularidades y características propias de los diversos sectores de  la población.



El auto 382 del año 2018, se refiere y advierte. “(…) una de las fallas prominentes que se observan en la política pública de atención integral a la población desplazada, es la tendencia a plantear un tratamiento general y uniforme para toda la población en situación de desplazamiento. Al percibir  a esta población como un grupo homogéneo de personas , desconociendo la atención diferencial que merecen ciertos grupos de individuos; que por su condición especial de vulnerabilidad son considerados desde un marco constitucional como sujetos  de espacial protección, resultando desproporcionar  su afectación respecto del resto de la población en igual situación de desplazamiento. Esta ausencia en la atención diferencial en el marco de las políticas públicas agravan más la situación de violación de derechos humanos y son la nación, departamentos y municipios los responsables de ello”. (Ministerio del Interior, 2015,  De los pronunciamientos de la corte Constitucional, p3).




Comentarios

Entradas populares de este blog

DIVERSIDAD E INCLUSIÓN

CONCLUSIONES

DIVERSIDAD CULTURAL